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JORELS S.A.S.

NIT. 901.410.078-1

Bogotá, D.C., Colombia


TÉRMINOS Y CONDICIONES


Para SERVICIO DE FACTURACIÓN Y/O​ NÓMINA ELECTRÓNICA:

Debe solicitar la activación al correo docs@jorels.com, adjuntando:
* Certificado de cámara y comercio con no más de 30 días de expedición (que especifique los datos de representante legal).
* RUT Actualizado (el correo debe estar actualizado).
* Copia de documento de identidad del representante legal.
* Comprobante de pago.

Estos datos son necesarios dado que son almacenados en el API y son usados para la correcta emisión del documento electrónico ante la DIAN. Dado caso que estos datos cambien, la empresa que contrata el servicio debe emitir la respectiva actualización de la información al correo docs@jorels.com para hacer la respectiva actualización de datos. Al enviar estos datos a Jorels SAS, la empresa contratante y la que facture electrónicamente a través de el EDIPO API da autorización para  el manejo de estos datos dentro de los servidores de JORELS SAS para poder brindar el servicio contratado.

Jorels SAS provee el servicio de API para comunicarse de manera efectiva con la DIAN, pero el único responsable de la información reportada a la DIAN es la empresa que usa el software, dado que este es registrado como software propio por cada empresa y este es liberado sin garantía alguna bajo los términos de la licencia LGPL. De esta manera Jorels SAS no se puede hacer responsable ni por el uso, ni por modificaciones realizadas sobre el código fuente, ni por bugs que puedan causar un mal funcionamiento dado que la empresa que emite los documentos es la única responsable de auditar el correcto funcionamiento del software. 

Jorels SAS hace constantes actualizaciones de seguridad para brindar el mejor servicio y calidad posible, y los desarrollos tienen años de madures por lo que su funcionamiento es de excelente calidad, sin embargo la responsabilidad de emitir correctamente los documentos electrónicos a la DIAN es exclusiva de cada empresa que registra su software como propio ante la DIAN.


Para CONTRATO DE SERVICIOS DE ESPACIO EN UN SERVIDOR CON ODOO COMUNITY CON ESPACIO LIMITADO:


Entre los suscritos a saber: la empresa JORELS S.A.S., con NIT 901.410.078-1, representada legalmente por el señor JORGE ELIECER SANABRIA HERNÁNDEZ, mayor, con domicilio en Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.932.889 de Bogotá (D.C.), a quien en adelante y para efectos del presente contrato se llamará EL CONTRATISTA, por una parte, por la otra,  _____________________________, con NIT __________, representada legalmente por el señor _______________________, mayor, con domicilio en Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía No. ___________ de _____ (_____) a  quien en adelante y para efectos del presente contrato se denominará EL(OS) CONTRATANTE(S),  mediante el presente documento hacemos constar que hemos celebrado el presente contrato de prestación de servicios de espacio en un servidor con ODOO COMMUNITY con espacio limitado, el cual se regirá por las normas del derecho privado en general, y en particular por las siguientes clausulas: 

PRIMERA. OBJETO: EL CONTRATISTA se compromete a prestar los siguientes servicios de espacio en un servidor con ODOO COMMUNITY con espacio limitado a LA(LOS) CONTRATANTE(S), con las siguientes características: a) EDIPO API que es el servicio web usado para la emisión de documentos a la DIAN; b) Llave para acceder a la API (cadena alfanumérica de seguridad que sirve para identificar al usuario en el servicio web de Edipo API); c) Se les ofrece adicionalmente el servicio de almacenamiento del certificado electrónico por un año (Almacenado en el Edipo API para poder firmar documentos electrónicos), precisando que en ningún momento se está vendiendo el certificado electrónico, porque JORELS S.A.S. no es una entidad certificadora y que EL CONTRATANTE otorga todos los permisos necesarios a Jorels SAS para tales fines; d) Se le ofrece por un año el servicio  en la NUBE de ODOO COMMUNITY y por parte de JORELS S.A.S.; e) Se ofrece espacio en un servidor con ODOO COMMUNITY que incluye módulos privados y públicos limitados (Se realice se tiene derecho a la selección de los módulos privados y públicos si el plan contratado así lo permite, teniendo en cuenta los que tiene JORELS S.A.S. y los módulos externos que haya comprado EL CONTRATANTE a terceras personas); f) Se prestará el servicio de actualización de los módulos públicos y privados sobre el servidor, según el plan contratado, siempre y cuando Jorels S.A.S. tenga acceso a estas actualizaciones, sin garantía alguna sobre módulos de terceros no desarrollados y/o mantenidos por Jorels SAS; g) El servicio puede o no incluir el derecho a un nombre dominio .com, almacenamiento en la nube, y puede o no incluir un Plan  de API según sea contratado de forma independiente por una cierta cantidad de documentos, tales como: facturas, notas crédito y débito, documento soporte electrónico, notas de ajuste, etc., que requiera la DIAN; h) Puede o no incluir el servicio de correos empresariales previamente configurados al sistema de ODOO COMMUNITY, según el limite de usuarios y espacio en disco contratados en el plan; i) el servicio de Backups automáticos mensuales, teniendo en cuenta la capacidad de almacenamiento que haya contratado el(los) contratante(s), por defecto un total de 10GB para los diferentes servicios, salvo se convenga lo contrario en la factura de venta.

PARÁGRAFO PRIMERO: EL(LOS) CONTRATANTE(S)  puede o no estar en libertad de instalar módulos propios o de terceros dependiendo de si esto se incluye en su plan contratado, siempre y cuando cumpla con las restricciones de licencia respectiva y estos se encuentren libres de bugs o código malicioso que puedan afectar el correcto funcionamiento del servicio. En el evento que EL(LOS) CONTRATANTE(S) no cumpla con las restricciones de las licencias, desde ya se acuerda entre las partes que JORELS S.A.S. no responde por las sanciones impuestas por el uso de módulos de terceros sin su debida licencia de uso. 

PARÁGRAFO SEGUNDO: Acuerda las partes que el manejo de la información suministrada al sistema por parte de EL(LOS) CONTRATANTE(S), no hace responsable a JORELS S.A.S., por los vicios, omisiones y/o alteraciones que contenga la información, razón por la cual desde ya se exime a JORELS S.A.S., de cualquier sanción penal, administrativa o fiscal y/o multa que se le llegue a imponer a EL(LOS) CONTRATANTE(S).

SEGUNDA: PRECIO: Las partes acuerdan que EL(LOS) CONTRATANTE(S) pagarán a EL CONTRATISTA anualmente la suma dispuesta en la factura de venta con el item Jorels Odoo en la Nube. Suma de dinero que se debe pagar a través del link de pagos dispuesto en el sitio web de Jorels SAS, https://www.jorels.com a nombre de JORELS S.A.S. con NIT 901.410.078-1 o usando otro medio de pago debidamente especificado en el sitio web al momento de la fecha de pago a nombre de JORELS S.A.S.. Para convalidar el pago EL(LOS) CONTRATANTE(S) debe hacer llegar a JORELS SAS, al correo electrónico docs@jorels.com el comprobante de la consignación o usar la referencia de pago de la factura a la hora de realizar el pago a través del link de pagos dispuestos para ello en https://www.jorels.com.
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de prórroga del contrato, si las partes no acuerdan por escrito otra cosa, el precio del contrato se incrementará anualmente en el mismo porcentaje de incremento anual del Indice de precios del consumidor (I.P.C.) decretado por el gobierno nacional al mes de Agosto de cada año, liquidado sobre el valor del último CONTRATO vigente y así sucesivamente sobre cada prorroga. 
PARÁGRAFO SEGUNDO: El pago del precio del presente contrato que realice EL(LOS) CONTRATANTE(S) con cheque, sólo se entenderá realizado cuando el mismo se haga efectivo. En el evento que el cheque sea devuelto por falta de fondos suficientes o chequera robada se entiende que no se realizó el pago anual del contrato, razón por la cual se dará por terminado inmediatamente sin necesidad de requerimientos judiciales, extrajudiciales o administrativos, a los cuales renuncie expresamente y desde ya EL(LOS) CONTRATANTE(S).
PARÁGRAFO TERCERO: El pago del contrato que realicen EL(LOS) CONTRATANTE(S) con fecha posterior a la estipulada en la presente cláusula, causara intereses de mora a la máxima tasa permitida por el artículo 884 del Código de Comercio.
TERCERA. DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá un término de duración según se especifique en la factura de venta para el item Jorels Odoo en la nube, contado a partir de la fecha de inicio especificada en la factura de venta, hasta el día especificado como fecha final en la factura de venta, para el item Jorels Odoo en la Nube.

PARÁGRAFO: EL(LOS) CONTRATANTE(S) pueden dar por terminado el presente contrato informando a EL CONTRATISTA con quince (15) días hábiles anteriores a la terminación del contrato inicial o de sus prorrogas. Si EL(LOS) CONTRATANTE(S) llegan a presentar la solicitud de terminación del contrato dentro de un término menor, se entenderá la prórroga automática del presente contrato por un término al inicialmente pactado.    
  
CUARTA. SERVICIOS ADICIONALES. Cuando se presente cualquiera de las siguientes situaciones se presentará un costo adicional que deben pagar EL(LOS) CONTRATANTE(S) a EL CONTRATISTA, previo acuerdo entre las partes:   

    a) El servicio técnico que se preste por Inconvenientes en el sistema, que no sean responsabilidad directa de JORELS S.A.S.
    b) El soporte técnico que solicite EL(LOS) CONTRATANTE(S) sobre aplicaciones y/o desarrollos en el sistema que no estén relacionados con los servicios contratados y prestados por JORELS S.A.S. 
    c) Cuando las necesidades y por solicitud de EL(LOS) CONTRATANTE(S) se requiera la implementación de aplicaciones y/o desarrollos en el sistema.        

QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga: a) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad que se requieren para la prestación del servicio de ODOO COMMUNITY con espacio limitado; b) Se obliga a escuchar las sugerencias que realicen EL(LOS) CONTRATANTE(S) respecto de los módulos públicos o privados que le fueron instalados y de acuerdo con sus necesidades; c) efectuar las labores acordadas en forma diligente y oportuna; d) las demás que se deriven de este contrato y las estipuladas en el Código de Comercio y demás normas concordantes.

SEXTA. OBLIGACIONES DE EL(LOS) CONTRATANTE(S): Por su parte y para efectos del presente Contrato EL(LOS) CONTRATANTE(S) se obligan a: a) Pagar a EL CONTRATISTA el precio del contrato pactado en la cláusula segunda del presente contrato; b) Realizar y mantener un manejo adecuado de la información suministrada al sistema, garantizando que sea información real, veraz y oportuna. Advirtiendo que JORELS S.A.S. no tiene ningún tipo de responsabilidad civil, penal, administrativa, fiscal o de cualquier otro tipo, por la información que se suministra por parte de EL(LOS) CONTRATANTE(S) en las bases de datos y/o el sistema; c) Deben informar en el menor tiempo posible cualquier anomalía que se presente en los módulos proporcionados por JORELS S.A.S., aclarando que si EL(LOS) CONTRATANTE(S) no cumplen con esta obligación oportunamente, eximen de cualquier tipo de responsabilidad civil, penal, administrativa, fiscal o de cualquier otro tipo a JORELS S.A.S., siendo responsable única y exclusivamente EL(LOS) CONTRATANTE(S).                  

SEPTIMA: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO: Son causales para dar por terminado el presente contrato por justa causa, las siguientes: 1) POR PARTE DE EL(LOS) CONTRATANTE(S): Podrán dar por terminado el presente contrato, por las siguientes causas: a) Incumplimiento del Contratista de cualquiera de sus obligaciones, previo los requerimientos de Ley; b) por vencimiento del término pactado; c) por orden obligatoria de autoridad judicial, la cual se deberá comunicar por escrito al contratista. 2) POR PARTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA a su vez podrá dar por terminado el contrato en forma unilateral por incumplimiento de las obligaciones de EL(LOS) CONTRATANTE(S) y en especial: a) cuando se encuentre en mora en el pago del precio acordado en la cláusula segunda del presente contrato; b) cuando EL(LOS) CONTRATANTE(S) impida a EL CONTRATISTA cumplir con sus funciones. Circunstancias que EL CONTRATISTA pondrá en conocimiento de EL(LOS) CONTRATANTE(S), dejando las constancias del caso; c) Cuando EL(LOS) CONTRATANTE(S) utilice módulos propios o de terceros que afecten el desarrollo y/o ejecución  del servicio que está prestando EL CONTRATISTA.       

OCTAVA. CESIÓN DEL CONTRATO: EL(LOS) CONTRATANTE(S) si quieren ceder este contrato a otra persona, debe presentar una solicitud por escrito acompañada de la aceptación por escrito de la persona a la que se hará la cesión. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes se analizará la solicitud y se dará una respuesta. Si se acepta la cesión EL(LOS) CONTRATANTE(S) quedan liberado(s) de cualquier responsabilidad con JORELS S.A.S.

NOVENA. AUSENCIA DE VINCULACIÓN LABORAL: En ningún caso este contrato genera relación laboral, por no existir subordinación y dependencia entre las partes. La celebración del presente contrato no constituye vínculo laboral entre las partes contratantes, en razón a que el mismo se rige por las normas del Código de Comercio y las demás que tengan relación con el presente contrato

DÉCIMA. CLAUSULA PENAL: El incumplimiento por cualquiera de las partes de alguna o la totalidad de las obligaciones derivadas del presente contrato, dará derecho a la parte afectada a exigir una indemnización, que desde ya se establece en una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del precio del servicio vigente, valor que será exigible por la vía ejecutiva. Por el pago de la pena no se extingue el pago de la obligación principal, la cual podrá ser exigida conjuntamente con el pago de la pena.

UNDÉCIMA. MERITO EJECUTIVO:  Las partes acuerdan de manera voluntaria, libre y espontánea, que el presente contrato presta mérito ejecutivo conforme al Artículo 422 del Código General del Proceso, y desde ahora las partes manifiestan que renuncian a cualquier tipo de requerimiento judicial, extrajudicial o administrativo. 

DUODÉCIMA. MODIFICACIONES: Toda modificación, adición o prorroga del presente contrato deberá constar por escrito, pues es expresa intención de las partes no reconocer validez a las que así no consten. 

DÉCIMA TERCERA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales se tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá D.C. 

DÉCIMA CUARTA. SOLUCION DE CONFLICTOS: Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se someterá en primer lugar a un método alternativo de solución de conflictos, tales como: la conciliación, transacción o mediación, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes sobre la materia. 

DÉCIMA QUINTA. AUTORIZACIÓN PARA TRATAMIENTO DE DATOS. JORELS S.A.S. con el NIT 901.410.078-1, con fundamento en lo dispuesto en el Régimen de Protección de Datos Personales consagrado en la Ley 1581 de 2012 y demás normas reglamentarias y complementarias, manifestó en su condición de Responsable del tratamiento, que con la celebración del presente contrato, se recolectará, registrará, almacenará, usará y procesará información personal e información sensible de EL(LOS) CONTRATANTE(S), de conformidad con la política de tratamiento de datos publicada en el sitio web de Jorels SAS en https://www.jorels.com, incluyendo entre otras el manejo de la información necesaria para el correcto funcionamiento  del servicio web Edipo API y/o demas servicios prestados por Jorels SAS a EL(LOS) CONTRATANTE(S), así como su uso para manejo estadistico, analitica de datos o procesamiento de datos por parte de JORELS SAS y que se compartirá está información con terceros cuando sea el proposito de poder brindar los servicios contratados por EL(LOS) CONTRATANTE(S).

EL(LOS) CONTRATANTE(S) _____________________________, declara conocer y aceptar de manera expresa y por escrito, el contenido de la presente autorización, junto con la información personal registrada en el presente contrato y en las bases de datos de JORELS S.A.S.

DÉCIMA SEXTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: El presente contrato se entiende perfeccionado con la recepción y pago parcial o completo de la factura electrónica con el item Jorels Odoo en la nube por parte de EL(LOS) CONTRATANTE(S) y con la puesta en marcha del servicio en la nube por parte de JORELS SAS, o con la respectiva firma de las partes del presente contrato. Con la suscripción de este documento las partes aceptan todas y cada una de las cláusulas aquí señaladas. 

Para constancia y validez se firma el presente contrato en la ciudad de Bogotá D.C., con copia para cada una de las partes a través de un documento PDF (U otro formato electrónico, entregado por correo electrónico a EL CONTRATANTE o publicado en el sitio web de Jorels SAS en la sección de terminos y condiciones. El cual también puede ser solicitado en cualquier momento, durante la validez del contrato, al correo info@jorels.com a Jorels SAS), el día _______ (__) del mes de _______________ de ___________ (____).


EL(LOS) CONTRATANTE(S)


Aceptación mediante firma o cualquier otro medio valido
_____________________________________
C.C./C.E.:  ______________
Representante legal _______________________________________________

Aceptación mediante firma o cualquier otro medio valido
JORGE ELIÉCER SANABRIA HERNÁNDEZ
C.C./C.E.: 80.932.889
Representante legal JORELS SAS